La preocupación por la independencia de las auditoras no ha disminuido tres años después de conocidos escándalos.
La prestigiosa revista liberal The Economist exigía el pasado noviembre mucho más "¿Por qué quedarse a medio camino? (…) (la situación) debería implicar la rotación de firmas, y no sólo del socio y la prohibición de la prestación de servicios distintos de los de auditoría".
En este ambiente de preocupación e hipercrítica, estamos estudiando en la Comisión Jurídica del Parlamento Europeo la propuesta de nueva directiva que forma parte de las medidas del Plan de acción para los servicios financieros. Particularmente importante a este respecto son, de manera semejante, la Comunicación de la Comisión de 21 de mayo de 2003 sobre la "Modernización del derecho de sociedades y mejora de la gobernanza empresarial en la UE", el paso a las Normas Internacionales de Contabilidad a partir de 2005 y las Directivas sobre el abuso del mercado.
Entre los puntos más polémicos de la propuesta de la Comisión Europea cabe destacarse la rotación de auditoras y de socios con el fin de reducir las posibilidades de convergencia de intereses entre auditores y auditados. La mera enunciación de esta posibilidad que viene estudiándose desde largo tiempo ya en el seno del Consejo ha supuesto una fuerte oposición a esa medida por las grandes auditoras del sector que aseguran se resentirá la calidad de los informes de auditoría. Hay una inercia laboral y clientelar que muchos quieren mantener y otros superar. Para algunos, no obstante, la rotación de socios es un mero maquillaje pues los socios de una misma firma se ponen de acuerdo en las grandes pautas a seguir.
En general son legión los que prefieren fiarlo todo a la capacidad ética y profesional de los equipos, lo que vaciaría por completo lo que se pretende. Todo con el sacrosanto argumento de la libertad de las empresas, sin tener en cuenta el interés del pequeño accionista, la transparencia de las cuentas de las empresas auditadas para cualquier futuro inversor, el necesario conocimiento de la autoridad fiscal y la misma estabilidad del sistema.
Así las cosas, algunos parlamentarios estamos en este momento procesal optando por que, reconociendo e impulsando el valor incuestionable de la rotación, se permita su adaptación a la situación de cada estado miembro. Es desgraciadamente el reconocimiento de que nos vamos a quedar en la mitad del camino como se nos acusaba.
En segundo lugar habría que pararse en la radical necesidad de independencia de los auditores. Implicaría que no puedan realizar las auditoras otros servicios complementarios como los de consultoría o los de contabilidad en todas las empresas llamadas de interés general (por cotizar en Bolsa, por su tamaño…). Hay quien considera esta norma demasiado severa, sin embargo, la independencia es un elemento esencial de la reforma y limitarla sería desnaturalizarla.
En último lugar, deberíamos destacar que esta legislación europea en ciernes pretende ser un marco de mínimos dejando, hoy por hoy, la competencia a los Estados en aquello en lo que dispongan de mayor capacidad y experiencia. Por eso, hay que ser escéptico sobre la aplicación de medidas de la ética profesional por la Comisión Europea y sobre la pretensión de aplicar sistemas comunes de control de calidad que a la larga serían menos rígidos que lo que algunos países miembros están ya realizando o proyectando. Si no se pueden dar pasos para todos, no cabe forzar regresos al pasado. En España, el comité de auditoría, que establece el art. 47 de la ley financiera 44/2002, es un buen ejemplo.
Estamos, pues, en la encrucijada. La directiva no pudo salir adelante durante el pasado semestre de la Presidencia holandesa del Consejo, es de esperar, no obstante, que como otros criterios de dinamización europeísta, salga en el actual periodo luxemburgués, tal y como figura en el calendario que manejamos en la Comisión Jurídica del Parlamento Europeo.
36 comentarios:
Don Manuel Pizarro Moreno es un gran jurista
Don Jose Maria Michavila es un gran jurista
Don Alfonso Yuste Casañez, gran jurista, hombre cabal
Gran jurista: Don Adolfo de Miguel Garcilopez, Don Ramon Prieto Bances, Don Luis Legaz Lacambra, Don Jose Castan Tobeñas
Don Pablo Trillo- Figueroa es un gran jurista
Excma. Sr. Ana Maria de Castro Palha, grande economista
Eric Lorenzo Perez Sarmiento, gran jurista, hombre cabal
Manuel Augusto Gama Prazeres, gran jurista. Fernando Alves Correia, grande jurista
Prof. Dr. Don Fernando Carbajo Cascón, hombre brillantisimo, gran jurista, hombre cabal
Antonio Lugano, sabio luso, dió clases en Lovaina
Dr. Euclides Dámaso, gran jurista
Don Luis Miguel Columna es un gran jurista, hombre cabal
Gran Jurista: el procesalista don Nicolás Rodríguez García.
Don Juan Pablo González, gran jurista
los españoles conducen de puta madre
Joao Cesar das Neves, grande economista
don josé aparicio calvo rubio, hombre cabal
gonzalo santonja hombre cabal; adolfo calleja ortega hombre cabal; isacio calleja, hombre cabal
Don Mariano Fernandez Bermejo es un gran jurista
Salvatore Satta era un gran jurista
Don Mariano Robles Romero- Robledo, Don Gerardo Turiel de Castro
Jurista gallego Don Gerardo Turiel de Castro
Don Federico Vázquez Tapioles, Gran Jurista, Hombre Cabal
don ovidio chamosa sarandeses
Manuel Souto Cacabelos
Hai que ir onde o avogado de Laxas, porque estudia moito ben os asuntos e non se vende......
josé maría sánchez- ventura calificó de gran jurista a josé raya mario, abogado fiscal del ts
patronato de nuestra señora de la fuensanta de la diócesis de córdoba
josé bruno otero deus denegó en 1994 una pensión por inutilidad física a un guardia civil
"eduardo aya goñi"
"luciano conde pumpido"
aya zulaika, sobrino carnal de eduardo aya goñi
josé bruno otero deus caso lasa y zabala
compañerismo en la transición
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